Juan Antonio López Cordero
(Publicado en Crónica de la Cena Jocosa 2002. Amigos de San Antón. Jaén, 2003, pp. 163-167).
Desde sus orígenes, la vida del hombre ha estado marcada por los ritos. Muchas de sus actuaciones han ido acompañadas de un lenguaje ritual que alcanza su pleno significado en un contexto histórico determinado, pues forma parte de su cultura. Los ritos constituyen un conjunto de signos organizados por las estructuras profundas de la mente humana que afloran en sus manifestaciones conscientes, costumbres y expresiones. Parte de este lenguaje recibiría hoy día la denominación de protocolo, que al fin y al cabo no es más que la expresión de un comportamiento social con sus reglas pertinentes.
Son numerosos los ritos tradicionales del hombre giennense. En estas líneas sólo vamos a tratar tres de ellos, de los que algunos aspectos siguen vigentes hoy en día, referentes al respeto a una autoridad superior, al amojonamiento en deslindes de términos y al testamento.
Ritos de respeto.
"Quitarse la gorra" es un signo de respeto, un ritual tradicional que ha llegado hasta nuestros días. Había que descubrirse al entrar a un lugar sagrado o ante cualquier persona de categoría superior dentro de la escala estamental de la sociedad tradicional. El no hacerlo era una grave irreverencia que podía ser duramente castigada, como le ocurrió al alguacil mayor de Pegalajar Cebrián López Serrano, que no quiso descubrirse ante el corregidor de Jaén. Era el año 1559, Pegalajar acaba de alcanzar su independencia jurídica de la ciudad de Jaén, gracias a una cuantiosa suma que hubo de entregar a la Corona.
El pueblo de Pegalajar, tras su independencia, se reunió en la Iglesia a llamada de campana, que estaba situada en la parte más alta de la población, dentro del recinto del Castillo, y nombró sus primeros oficiales del recién estrenado concejo, recayendo el cargo de alguacil mayor en Cebrián López Serrano. La actuación de los nuevos oficiales se vio obstaculizada por los intereses que determinados miembros de la ciudad de Jaén y algunos vecinos del lugar tenían en los bienes de propios municipales y en que continuara la centralización de la administración del lugar en la ciudad de Jaén. Para lograr el propósito de volver atrás el proceso de independencia jurídica iniciado, el Corregidor de Jaén quitó las varas y oficios de regimientos a las personas que los vecinos de la villa habían elegido conforme al privilegio real, y ordenó formar un nuevo regimiento opuesto a la independencia. Antes de hacer la nueva elección, el Corregidor prendió a los antiguos alcaldes y alguacil mayor y los envió presos a Granada. Cebrián López Serrano, destituido alguacil mayor de la población, que también había sido enviado preso, fue puesto en libertad al poco tiempo y, cuando regresó, volvió a tomar la vara de alguacil, enfrentándose a los nuevos oficiales, y por segunda vez fue apresado. Vino otra vez el Corregidor de Jaén y le mandó tomar juramento, a lo que se negó, así como a "quitarse la gorra", diciéndole que él no era su juez. El Corregidor de Jaén entró en cólera y ordenó que fuese introducido en el cepo.
Otro rito de respeto era el que realizaban los súbditos ante la presentación de las cédulas reales. Así, en el mismo expediente anterior se recoge cómo, ante la presentación de una cédula real, los vecinos realizan un este rito aunque en realidad no obedezcan la cédula. Tal ocurrió cuando Luis García de Bailén, prohombre de la independencia jurídica de Pegalajar, presentó dicha cédula real a los nuevos alcaldes favorables al corregidor de Jaén en la que se ratificaba la independencia, los cuales la pusieron sobre sus cabezas, en signo de sumisión ante su rey. Sin embargo fue interpretada de forma muy diferente, diciendo que "la obedecían, según que la tienen obedecida".
El amojonamiento.
El amojonamiento, como acto de posesión de un territorio, tenía también su ritual, físicamente expresado en un amontonamiento de piedras o en alguna señal natural y perdurable de especial relieve en el paisaje. Una de las primeras referencias escritas en las que se expresa el procedimiento amojonador entre términos es la Crónica del Condestable Miguel Lucas de Iranzo, referente al año 1470. Los términos a deslindar eran entre las ciudades de Jaén y Andújar, y en los lugares de Cazalilla, Villanueva y La Figuera (Lahiguera), pues había disputa sobre los términos. El Condestable reunió a las personas mayores que sobre el tema sabían, caballeros, escuderos y labradores, tanto de un lugar como de otro para establecer el amojonamiento.
El ritual del mismo encierra toda una compleja lectura de la mentalidad de la época. En el primer mojón, que era un pozo “en medio del arroyo del Salado”, el Condestable a caballo echó una lanza, en un símbolo de fuerza que emanaba de su autoridad de juez en este acto, por algo era también alcalde mayor de la ciudad de Jaén; luego mandó a un mozo que se lanzase vestido al pozo y se sumergiese en el agua, el cual fue sacado posteriormente del mismo en un acto de purificación y renacimiento que emana del agua del pozo, simbolismo que le había dado la autoridad del Condestable. Ello fue principio para que el resto de los mozos se lanzasen agua unos a otros, incorporando así el elemento del juego a la fiesta al acto.
El acto festivo del amojonamiento continuó en otros mojones, como el situado entre los donadíos de Santa María (Jaén) y la Orden de San Juan de Acre (Andújar). Allí los muchachos que acompañaban la comitiva jugaron con camaradería al juego “do las yeguas en el prado” para a continuación pasar a una batalla campal a puñetazos, hasta que la intervención del Condestable pone paz; acto también simbólico centrado en la figura del Condestable como juez y pacificador entre las rivalidades de ambas ciudades. En otro lugar, situado en la cumbre de un cerro junto a un camino que iba de Mengíbar a La Figuera de Andújar, como allí no había piedras, se hizo un mojón grande de tierra. En este lugar los muchachos mataron un carnero a cañaverazos y le cortaron la cabeza, que fue enterrada en el mojón. Cumple así el simbolismo del sacrificio y la comida de hermandad entre ambas ciudades, que culmina posteriormente en otro mojón donde se corre un toro que es matado a lanzadas y repartida su carne entre las personas pobres de los lugares cercanos de Cazalilla y Villanueva.
En el siglo XVI, el amojonamiento continúa con su tradicional sentido de posesión. Ejemplo de ello fue en 1559, cuando en el deslinde de la villa de Pegalajar con Cambil, la comitiva formada por el juez Álvaro de Paz y representantes de los concejos de ambas villas llegaron al mojón del Mercadillo de la Peña de la Contratación, "que está hecho de cal y canto". Pedro de Viedma, regidor de Pegalajar, en señal de posesión puso una cruz sobre él. Con la cruz se ratificaba lo sagrado del acto, a la vez que la cruz ejercía, desde la altura en que estaba situado el mojón, de talismán frente al mal y elemento purificador de los campos. Junto a la cruz, la señal de posesión del mojón tenía un rito tan sencillo como sentarse en él. Así lo hizo también Pedro de Viedma cuando, en el mismo amojonamiento, llegaron a un humilladero de piedra, que estaba situado junto al antiguo camino que de Jaén llevaba a Cambil, en la parte más alta del actual puerto del Carretón, llamado del Prior Juan Cano, "en el qual dicho umylladero dijeron ser el mysmo mojón", sobre el que se subió en señal de posesión.
El testamento.
El testamento conllevaba el encabezamiento propio de todo documento público que le daba carácter sagrado, la “invocatio”, tan importante en la sociedad de la época. Solía comenzar con las palabras: "En el nombre de Dios nuestro señor y de la bienaventurada Virgen Santa María, su bendita madre"; y se acompañaba de los santos por los que sentía mayor devoción el testamentario. Le seguía la “intitulatio” en la que figura el nombre y condición de la persona de quien emanaba el testamento, donde solía incluirse palabras que reafirmaban la fe del testador: “creiendo como firme y verdaderamente creo en el misterio de la santísima trinidad que es dios padre hijo y espíritu santo tres personas y un solo dios verdadero y en todo aquello que tiene y ace y confiesa la santa madre yglesia de rroma devaxo de la qual fee y creençia me huelgo de haver vivido y protesto de vivir y morir y deseando poner mi anima en verdadera carrera de salvación...”, que constituían el preámbulo o “exorcio” del mismo, seguidas de la “expositio” o exposición de motivos. Continuaba con las “mandas”, o “dispositio” del testamento, tras ofrecer y encomendar el alma a Dios y destacar el lugar de enterramiento, misas, limosnas y demás ceremonial por la muerte. Las “mandas” constituían el cuerpo del testamento, que terminaba fechándose y firmándose.
En una sociedad sacralizada, como era la tradicional, en diferentes párrafos del testamento se intercalaban una serie de frases que manifestaban la fe del testador y ponían de relieve la fugacidad de la vida. El testamento refleja un rito, que convierte la lectura de unos bienes materiales de un acto notarial público, en una lección evangélica que trata de comunicar el pensamiento medieval agustiniano, la superioridad de la ciudad de Dios sobre la ciudad terrenal, y destacar la fugacidad de lo mundano. Tal pensamiento se manifestaba en casi todos los actos de esta sociedad sacralizada, una cultura que en muchos aspectos ha llegado hasta nosotros, pues aún es frecuente que en determinadas ocasiones se exija el juramento, acto habitual en las tomas de posesión de cargos públicos o en los juicios.
En los juicios del pasado, los testigos daban su nombre y vecindad y manifestaban ser conocedores de determinadas personas y hechos. También decían su edad, cuando la sabían, pero lo habitual era decir una edad aproximada, pues en esta sociedad no tenía tanta importancia saber la edad exacta, el concepto de tiempo era distinto al actual, basado en el santoral y en los ciclos agrarios que marcaban las estaciones. El ritual del juramento establecía jurar "por Dios y Santa María, por las palabras de los cuatro Evangelios y por una señal de cruz", en donde ponían sus manos; y respondían "sí juro" y "amén".