LOS GITANOS EN LA HISTORIA GIENNENSE: TEMOR Y PERSECUCIÓN (El Toro de Caña. Revista de Cultura Tradicional de la Provincia de Jaén, nº 6. Diputación Provincial. Jaén, 2001, p. 219-228.)

Juan Antonio López Cordero

 

Introducción.

 

Jaén, encrucijada de caminos, ha sido también encrucijada de culturas, quizás no del crisol de otros lugares, como el Toledo medieval, pero no de menos intensidad y pasión. La frontera medieval marcó durante tres siglos el carácter de sus pobladores, en su mayoría provenían de las tierras del Norte y el Centro de la Península y, por su proximidad, comerciaban con el reino musulmán de Granada durante las épocas de paz, que eran mucho más numerosas que las de guerra. Hubo un tiempo en que cristianos, musulmanes y judíos vivieron en paz en Jaén, lo que no duró mucho. Si la tolerancia ya de por sí era difícil, había momentos en que lo era aun más. Los mudéjares fueron expulsados del reino de Jaén a raíz de la revuelta de 1264, una población que se vio sometida a la presión continúa de los cristianos vencedores. Separados por la frontera, musulmanes y cristianos vivieron comerciando y guerreando según el momento, y entre ellos vivían los judíos, que en uno y otro lado mantenían su cultura, sus leyes internas y su religión. Preferentemente eran banqueros y comerciantes, sin que la frontera supusiese un obstáculo insalvable.

Judíos y moriscos convivieron como minorías étnicas en el reino de Jaén en los años de frontera. Eran sobre todo los judíos los más odiados, reflejo del temor a una cultura extraña, que formaba parte de un miedo colectivo a lo desconocido. La religión no sólo actuaba amortiguando la angustia del hombre, sino que a veces incrementaba el odio como reacción a ese temor. A los judíos se les acusaba de practicar la magia, raptar niños, practicar crueldades,... Los mismos monarcas que continuamente necesitan a los judíos como prestamistas, administradores, físicos,... con frecuencia dictaban leyes discriminatorias contra ellos. Las Partidas obligaban a los judíos a vestir de tal forma que fuesen reconocidos, con una señal sobre su cabeza; Pedro I  ¾Cortes de Valladolid, 1531¾ les prohibía usar trajes y nombres de cristianos; y Alfonso XI, ¾Cortes de Madrid, 1329¾ no les permitía tener heredades. Las presiones y, sobre todo, los asaltos a sus barrios con el saqueo a sus casas y el linchamiento de personas llevó a gran número de ellos a convertirse, pero siguieron manteniendo su cultura.

En la ciudad de Jaén, los judíos y conversos vivían juntos, en la zona del barrio de San Andrés y Santa Cruz, y también sufrieron saqueos y linchamientos. Fue en 1473, tras la muerte del Condestable Miguel Lucas de Iranzo, cuando la muchedumbre aprovechó el vacío de poder existente en la ciudad para saquear y matar a muchos de ellos. La posterior expulsión de los judíos por los Reyes Católicos en 1492 dejó solos a los conversos como blanco de la Inquisición, que fue fundada en Castilla en 1478 y puesta en funcionamiento en 1480, sobre los que actuó con gran crueldad. Sin embargo, pronto puso su interés también en otra minoría: los moriscos.

Como los judíos, los moriscos, eran objeto de temor para la mayoría de la población como minoría étnica y cultura extraña. La represión se agudizaba en tiempos de conflictos. Ya fueron expulsados del reino de Jaén a raíz de la rebelión de los moriscos en el reino de Granada. En 1572, se tiene constancia de la existencia de normas de expulsión de los moriscos de Torres, Jimena, Jódar, Bedmar, Garcíez, Albanchez, Canena y Sabiote, así como de otros lugares del reino de Jaén, siendo distribuidos por la Península ­­—los moriscos de Torres se deportaron a Valladolid—[1]. Sin embargo, no todos serían expulsados, incluso una vez terminada la rebelión de Granada muchos de ellos regresarían. El hecho es que encontramos que en el censo de moriscos de 1583 en Jimena se contaban treinta y tres[2]. Y en 1592, en el censo que se realizó en el Reino de Jaén figuraban un total de 7.268 moriscos, que en su mayoría vivían en Andújar, Baeza y Úbeda[3].

Su expulsión definitiva, en 1610, tras la Real Disposición de 22-septiembre-1609, estaba basada en gran parte en ese temor. No obstante, quedaron algunos de ellos, a los que las disposiciones municipales señalaban y perseguían. En 1622, el Concejo de Jaén decidió expulsar a los "moros cortados" y prohibir a los demás entrar en las heredades, reservando la hierba y caracoles que cosechaban a los cristianos viejos pobres[4]. A los “moros cortados se les acusaba de dañar las heredades.

Sin mudéjares, moriscos ni judíos, los gitanos quedaban como única etnia minoritaria en la Península. Habían llegado los últimos y pronto se sumaron a la lista de las minorías étnicas marginadas y, como los demás, sufrieron todo un proceso de persecución, consecuencia del choque cultural que para la mentalidad de la época era de difícil superación. Si los gitanos soportaron durante siglos tal presión fue quizás por su carácter nómada y capacidad de adaptación a situaciones difíciles.

 

 

2. Los gitanos en el reino de Jaén.

 

Las comunidades gitanas comenzaron a entrar en España en la primera mitad del siglo XV, aproximadamente en 1427, tras un largo desplazamiento por Europa y Norte de África desde el Noroeste de la India, desde donde partirían posiblemente durante las invasiones mongolas, siendo acogidos por reyes y nobles, siendo bien recibidos en un primer momento, probablemente por su exotismo y cualidades artísticas. En el reino de Jaén, las primeras noticias escritas sobre los gitanos datan de la segunda mitad del siglo XV. Son pequeñas tribus de gitanos que el Condestable Miguel Lucas de Iranzo acoge y protege, pues decían llevar cartas de libre circulación dadas por el Papa para los reinos cristianos. A la capital de Jaén llegaron en 1462 "dos condes de la pequeña Egipto" con sus grupos de gente; poco más tarde otro "conde" apareció por Andújar[5]. A partir de entonces, su presencia será cada vez más frecuente en la provincia.

En el momento que pasan a formar parte de la vida de la población, el choque cultural es inevitable y la monarquía se hace eco plenamente de la anormalidad de la cultura gitana, como también lo hizo de la judía y de la musulmana. No pasaron muchos años desde su llegada cuando comienza a surgir la represión oficial. En 1499 los Reyes Católicos decretan las primeras medidas persecutorias. A los gitanos también se les denominaba "bohemios" o "castellanos nuevos"[6].

Como anteriormente los judíos, a los que por un lado se les admiraba por algunas cualidades profesionales, como las de administradores, mientras que por otro lado eran perseguidos por su cultura; a los gitanos se les admiraba  por sus cualidades artísticas, como la danza y, ya en 1571, hay constancia de su contratación como danzarines en el corpus de algunos lugares, como Alcalá la Real[7]; labor ésta que desarrollaron a lo largo de la Edad Moderna, incluyéndose sus danzas dentro de las definiciones que recibían en la época: danzas de gitanos, de cascabel, carao, turcos, indios, etc.[8] Desde un primer momento se produce una diferenciación entre el gitano estante, parcialmente adaptado a la sociedad, y el gitano nómada, que en definitiva será aquél que psicológicamente dará lugar al arquetipo popular peyorativo.

El temor al gitano es un miedo que en cierta forma aún hoy pervive y que, desde antiguo, ha tenido connotaciones racistas, que tienen como consecuencia el desarrollo de leyendas entorno a su maldad, como ya ocurrió con anteriores etnias minoritarias. En una época de intransigencia religiosa y cultural en general, abanderada por la monarquía y la iglesia, no hubo ni un sólo monarca español en la Edad Moderna que no dictara disposiciones contra los gitanos. En palabras de George Borrow: “quizás no haya un país en el que se hayan hecho más leyes con miras a suprimir y extinguir el nombre, la raza y el modo de vivir de los gitanos como en España”.

Las primeras disposiciones sobre los gitanos, dictadas por los Reyes Católicos en 1499 marcan un camino que se continuará en épocas posteriores:

 

“Mandamos a los egipcianos que andan vagando por nuestros reinos y señoríos con sus mujeres e hijos, [...] cada uno de ellos viva por oficios conocidos, que mejor supieran aprovecharse, estando atada en lugares donde acordasen asentar y no anden más juntos vagando por nuestros reinos con lo facen, o [...] salgan de nuestros reinos y no vuelvan a ellos en manera alguna, so pena de que si en ellos fueren hallados o tomados sin oficios o sin señores juntos,  pasados los dichos días, que den a cada uno cien azotes por la primera vez, y los destierren perpetuamente destos reinos; y por la segunda vez, que les corten las orejas, y estén sesenta días en las cadenas, y los tornen a desterrar, como dicho es, y por la tercera vez, que sean cautivos de los que los tomasen por toda la vida”[9].

 

En 1539 y 1560, las pragmáticas Carlos I y Felipe II también ordenan prender a los gitanos vagabundos y aquellos entre 20 y 50 años de edad mandarlos a galeras durante un período de seis años[10]. Es en el siglo XVII cuando la represión comienza a manifestarse en mayor intensidad, quizás debido a la soledad en que quedaron los gitanos como raza marginada tras la expulsión de los judíos y los moriscos y, también sin duda, al incremento demográfico que habían experimentado los gitanos[11]. A lo largo de las edades Moderna y Contemporánea se suceden las disposiciones contra ellos, a los que se acusa como raza de los más diversos delitos. En las Cortes de Castilla de 1610 se dice de ellos:

 

   "[...] En resolución, es tan mala gente que sin comparación exceden a los moriscos, porque en no ser cristianos les imitan y en los robos les ganan"[12].

 

La legislación mas dura fue aprobada bajo Felipe III, quien en 1619 decretó su expulsión de Castilla. Esto era difícil de conseguir al no ser una población sedentaria. Felipe IV, en una pragmática de 1633, les prohibió vestir trajes gitanos y seguir sus costumbres. La represión continuó con Carlos II. Las medidas persecutorias continuaron en 1692 y 1695, repitiendo las prohibiciones anteriores de vestido, costumbres y lengua, ordenándoles vivir en poblaciones de más de mil habitantes y prohibiendo que se les llamara gitanos[13].

En Jaén, aunque existían familias establecidas en algunas ciudades, la mayoría de la comunidad gitana era nómada, vagaban de ciudad a ciudad y, cuando lo hacían en crecido número, provocaban el temor en sus habitantes. En 1602, el concejo de la ciudad daba cuenta del crecido número de gitanos que habían llegado a Jaén, "gente desordenada [que] causan muchos daños", por lo que el corregidor dispuso la salida de los gitanos a un mínimo de tres leguas a la redonda bajo pena de 200 azotes, orden que se repitió unos días después[14]. A los pocos años, en 1608, se cometieron en Jaén muchos robos y otros delitos, acusándose a los gitanos. De nuevo el corregidor decidió expulsarlos de la ciudad bajo la pena de 200 azotes que establecía la pragmática. Este mismo año, de acuerdo con las disposiciones de las Cortes, el cabildo de Jaén prohíbe a los gitanos el tráfico de ganados y otros oficios a los que tradicionalmente se dedicaban[15].

En 1610, volvía a tratarse en el Ayuntamiento giennense la expulsión de los gitanos que no fuesen vecinos, tema que se trató en las Cortes de 1611-1612 con el fin de impedir los hurtos y asesinatos que se le asignaban. Se les trataba de vagabundos, ladrones del ganado de los pobres; y culpables de insultos, amancebamientos y de no ser cristianos más que de nombre. Los procuradores pidieron que se avecindasen en ciudades o villas de 1.000 o más vecinos, dejando su vestimenta, lengua y oficio de tratantes de ganado, o su expulsión[16].

La opinión sobre la moral y las prácticas religiosas de los gitanos también pesaba en la población, que les atribuía delitos insólitos. Tal es el que se cuenta en una obra anónima de 1617, Relación verdadera de las crueldades y robos grandes que hazían en Sierra Morena unos Gitanos salteadores, los quales mataron un Religioso y les comieron asado, y una Gitana la cabeça cozida y de la justicia y castigos que destos se hizo...:[17]

 

"Es gente sin Dios sin Rey

y entroduzen una lengua

con que ellos se entienden solos

y nadie no los entienda

Y lo que más me ha espantado

es que las criaturas tiernas

nacen con la inclinación

de las maldades que heredan

Y yo jamás lo he visto

recevir en las Iglesias

aquel precioso manjar

que da vida y vida eterna

...

Son moros con el que es moro

ereje con quien profesa

su maldad, y son christianos

en España de apariencias".

 

La Inquisición también actuó contra los gitanos como con otras minorías. El total de gitanos procesados en los diferentes tribunales de la Inquisición fue 168 (53 hombres y 115 mujeres), de los que sólo 16 correspondían al tribunal de Córdoba donde se englobaba la provincia de Jaén. Los casos correspondientes a gitanos vecinos o naturales de Jaén en este tribunal fueron sólo los tres siguientes:

 

- Año 1684. Sebastiana Gratiniana, natural y vecina de Úbeda, procesada por blasfemias. Fue sentenciada a destierro por cuatro años.

- Año 1745. Diego Moreno, alias "Serrano", de 44 años de edad, natural y vecino de Baeza, procesado por blasfemia. Fue condenado a ocho años de destierro (los cinco primeros en el presidio de Ceuta) y a 200 azotes.

- Año 1747. Sebastiana Fernández, vecina de Jaén. Fue procesada por supersticiosa([18]).

Otro caso tuvo lugar en la villa de La Guardia, en 1781, con gitanos no residentes en Jaén, en el que fueron procesados Juana Alonso Álvarez, también conocida como Juana Trujillo, natural de Fiñana (Obispado de Guadix) y José Lorenzo Maldonado, su compañero, herrero y esquilador, natural de Gabia la Grande (Granada). Habían llegado mendigando a La Guardia, donde fueron acusados de un delito de sacrilegio contra la Sagrado Forma. Según los testigos, Juana Trujillo recibió la Sagrada Hostia sin bendición y, recluyéndose junto al confesionario, advirtieron que se la sacó de la boca ocultándola. Fue acorralada por las "beatas", que advirtieron el hecho, por lo que tuvo que huir junto a su compañero que la aguardaba en la lonja. Conocido el hecho por el Prior, éste lo puso en conocimiento del Corregidor de La Guardia, que salió a perseguirlos y los capturó junto a una ermita. Se descubrió que no tenían cédula de desposorio y que la acusada llevaba encima "un poco de pelo negro, unos pedazos de uñas y un diente de criatura humana", entre otras cosas, lo que hacía pensar en brujerías y pactos con el Diablo. Varios años estuvieron en prisión antes de la sentencia, que al final condenó a Juana Trujillo a "abjurar de vehementi", con sanbenito de media, sacada en vergüenza por las calles públicas y destierro de determinados lugares por ocho años, dos de los cuales debía pasar en el Hospital de Úbeda o casa de reclusión; y a José Maldonado a "abjuración de vehementi", y doscientos azotes por las calles públicas, además de ejercicios espirituales[19].

Vemos que los autos se refieren a hechos poco relevantes, casi anecdóticos, sobre los que recaen duras condenas. Para George Borrow,  el menor número de casos denotan el poco interés de la Inquisición por los gitanos:

 

   "La leña apilada en las plazas de Madrid y de Sevilla, que consumía los cuerpos del hebreo, del morisco y del protestante, ardía por avaricia y envidia, y esas mismas piras hubieran consumido el cuerpo mulato del gitano si hubiese poseído riquezas y saber bastantes para irritar las dos pasiones dominantes de los españoles".

 

Sin embargo, no se puede dar crédito a este párrafo de Borrow, pues aunque el total general de gitanos procesados sea pequeño, sí es un número suficiente y bastante significativo respecto al contingente que debía haber entonces en el país([20]).

En Jaén, las disposiciones contra los gitanos se suceden periódicamente. En 1623 se trata en el cabildo municipal  la amenaza grave que supone la innumerable cantidad de gitanos que habían llegado a la ciudad y con ellos habían entrado "gentes de mal vivir"([21]), que causaban alborotos y pendencias; a los que se relacionó con los numerosos robos de ganado que se denunciaban en esos días. El Corregidor reaccionó decretando la pragmática en vigor que ordenaba la salida de todos aquellos gitanos que no eran vecinos.

Las sucesivas persecuciones les obligaban a incidir aun más en su vida nómada. Aquellos gitanos de vida sedentaria buscaban su tranquilidad en provisiones reales que avalaran su honradez y servicio al rey. Es el caso de una familia de gitanos de Alcalá la Real que había obtenido una Real Provisión de Felipe IV en este mismo año de 1623, justificada en el hecho de haber servido en Flandes más de veinticuatro años continuos con la pérdida de la vida de algunos de sus componentes[22].

Hubo ocasiones en que el miedo al gitano se transformó en una persecución violenta, como la que se produjo en 1668 contra los gitanos no avencidados en Jaén, refugiándose cincuenta de éstos en las iglesias y ermitas de la ciudad en busca de la inmunidad eclesiástica, no sirviéndoles para nada, pues el corregidor ordenó la entrada violenta de los alguaciles[23].

En el resto de las poblaciones de la provincia también se perseguía a los gitanos. En Santisteban del Puerto las actas del cabildo municipal de 8 de agosto de 1641 recogen el mandato de publicación de un texto que ordena salir de la población y su término a los castellanos nuevos que habían llegado a ella bajo pena de doscientos azotes[24]. En Porcuna, según un documento de 1674, se consideraba que los gitanos no eran cristianos, que no servían al Rey, que eran delincuentes,... y se les acusaban de los tradicionales delitos. Se movían en cuadrillas que a veces llegaban a las cien personas.

A finales del siglo XVII, el número de gitanos aumentó en Jaén, quizás debido a las persecuciones que les hacían en otros reinos, como Valencia y Murcia. La nueva pragmática de junio de 1695 contra los gitanos, sirvió al corregidor de Jaén, Marqués de Palomares, para llevar a cabo "limpieza de gitanos de la ciudad y término de Jaén", acabando con robos y muertes a base de "castigos, azotes, galeras y presidio"([25]).

En el siglo XVIII continuaron las medidas contra los gitanos, Felipe V en una pragmática de 1717 ordenó hacer un censo  con castigos de galeras, azotes y destierro para aquellos que no se registrasen o mintiesen, así como darle un lugar fijo de residencia en diferentes ciudades del reino, entre las que estaban Jaén, Úbeda y Alcalá la Real; y debían ejercer como oficio la labranza, prohibiéndoles expresamente el trabajo de herreros y el de tratantes de ganado, la asistencia a ferias, su vestimenta y su lengua. Fernando VI, en 1746, ordena el cumplimiento de las pragmáticas anteriores. Dos años después, en 1749, debido a "los graves motivos que han hecho muy notorios el atrevimiento de los llamados gitanos... esta multitud de gente infame y nociva", manda la aprehensión de aquellos que no observaban las reales pragmáticas. Fernando VI llegó a emitir una orden de detención a todos los gitanos (hombres, mujeres y niños) y enviarlos a galeras, cárceles, minas o casas de misericordia); pero pronto se vio obligado a cancelarla y ordenar su liberación por las dificultades de la empresa y las exposiciones de los gobernadores de las plazas de Marina y Arsenales donde estaban confinados. Nuevas pragmáticas contra los gitanos se repiten con Carlos III (1783) y Carlos IV (1795).

En referencia a la pragmática de 1783, ésta se leyó en el Cabildo de la ciudad de Jaén en enero de 1786 y, haciéndose eco de lo dispuesto en su artículo 13, se acordó la elaboración de un sello de hierro con las armas de Castilla en las que figurase el nombre de Jaén; el cual se debía tener siempre dispuesto para grabarlo en las espaldas de aquellos que contraviniesen la pragmática[26], continuando la línea de crueldad de épocas pasadas, además de seguir atribuyéndoles continuos delitos. Así vemos que, en un auto judicial de 1783, Vicente Gallardo, vecino de Jaén, hace referencia al robo de una jumenta por unos gitanos, que más tarde fue vendida en la feria de Jaén al vecino Alfonso Barragán. La jumenta fue reconocida por el albéitar como propia de Vicente Gallardo, surgiendo el pleito entre los dos vecinos por su posesión[27].

Aún en el siglo XIX continuaba la represión, la desconfianza y el miedo que producía en el resto de la población. Y como en épocas pasadas, se establecían medidas para el control de esta población nómada. En junio de 1846, el Gobernador Civil comunicaba a los ayuntamientos de la provincia de Jaén:

 

  "Las caravanas de castellanos nuevos que en varias direcciones vagan por esta provincia sin otra preocupación que la chalanería de algunas bestias cuyo origen es casi siempre desconocido, ha llamado mi atención por los daños que puedan inferir a los pacíficos y laboriosos habitantes de esta provincia [...], creo mi deber prevenir a los alcaldes de los pueblos de mi mando observen y guarden las disposiciones siguientes:

1. Todo castellano nuevo que se presente o ande por esta provincia que no esté avecinado en ella será arrestado [...]

2. A cualquiera de los dichos que aunque con pasaporte se advierta por él su vagancia [...] se les recogerá el pasaporte y se les expedirá otro con ruta marcada [...]

[...]

4. Los castellanos nuevos que después de mandados a sus pueblos sean aprehendidos reincidiendo, serán presos y sumariados con arreglo a la Ley vigente de vagos [...]

Jaén, 30 de Junio de 1846"([28]).

 

Estas medidas, que ya históricamente habían demostrado su poca efectividad por la vida nómada que llevaban los gitanos, no eran más que el intento de defensa frente al miedo que provocaba el desconocimiento cultural. El miedo lleva a identificar a todos los gitanos como delincuentes. En 1848, de los numerosos robos de caballerías que se daban en la provincia se culpaba a los gitanos y, si no se hallaban las pruebas, se les acusaba de trasladar rápidamente las caballerías a otras provincias. Para mejor controlarlos, el Gobernador Civil decretó —como se intentó hacer en épocas anteriores— la formación de un padrón de castellanos nuevos en el término de quince días, para lo cual todos ellos habían de presentarse en el plazo de cuatro días para ser empadronados con su familia. Para viajar habían de solicitar pasaporte e indicar el objeto de su viaje y punto donde se dirigían. Este pasaporte no se concedía si la persona encargada de ello no estaba garantizada por un vecino de confianza. También debían de llevar otro documento donde se expresasen los cambios, ventas y compras de caballerías[29].

 

3. Conclusión.

 

El miedo y la persecución a las minorías étnicas ha sido una constante en la historia. A menudo, las diferencias culturales han establecido barreras de comunicación entre grupos humanos diferentes en un mundo inseguro en el que el hombre es víctima de angustias y miedos colectivos a lo desconocido: pestes, hambres, guerras, enfermedades,... con frecuencia identificados con figuras malignas. La religión y la iglesia ejercían en estos casos un importante papel como amortiguadores de la angustia humana. Las minorías étnicas, que intentaban convivir en este mundo tan inseguro, terminaron siendo víctimas del miedo y la inseguridad de la sociedad tradicional. En este mundo no había lugar para los “diferentes”, la uniformidad era garantía de orden y la persecución permanente el mecanismo apropiado. Judíos y moriscos terminaron por perder su cultura o emigrar. En cambio, los gitanos resistieron duras represiones durante varios siglos, quizás por su carácter nómada y capacidad de adaptación a las difíciles circunstancias que tuvieron que soportar.

A mediados del siglo XIX esta situación comenzó a cambiar. El desarrollo agrícola que se produjo contribuyó a desarrollar el comercio de caballerías, que los gitanos ya ejercían y que tuvo en su vida nómada cualidades específicas que los convirtieron en tratantes de ganado por antonomasia, haciéndoles imprescindibles en la economía agrícola y, por primera vez se produjo un acercamiento cultural que llevó a cierto reconocimiento social y respeto profesional, no solo como tratantes de ganado, sino también por otras profesiones que ejercían desde tiempo atrás, como la de herreros. Su modo de vida nómada empezó lentamente a debilitarse y también parte de su hermética cultura, como su lengua, el romanó, de raíces sanscritas. No obstante, perduraron gran parte de sus costumbres y, en la memoria colectiva, el recuerdo de muchos siglos de incomprensión que siempre cuesta olvidar.

 



[1] Arribas, Maria Soledad. "Deportación de los moriscos de Torres a la ciudad de Valladolid en 1572. Fuentes Documentales". En Sumuntán, nº 1. Colectivo de Investigadores de Sierra Mágina. Jaén, 1992, pág. 35-46.

[2] En el censo que de moriscos que se realizó también en Jimena en 1525 el número era de sesenta y ocho. Saez Gámez, Mariano. "Los moriscos (una aproximación a su presencia en Jimena)". En Sumuntán, nº1, 1991, pág. 104 y 110.

[3] Cazaban Laguna, Alfredo. "La expulsión de los moriscos del Reino de Jaén. Un expediente de gran interés". En Don Lope de Sosa, 1922. Edición Facsímil. Riquelme y Vargas. Jaén, 1982, pág. 283-284.

[4] Coronas Vida, L. J. La economía agraria en las tierras de Jaén (1500-1650). Granada, 1993, pág. 386.

 

[5] Hechos del Condestable don Miguel Lucas de Iranzo. Edición de Juan de Mata Carriazo. Espasa, Madrid, 1940, pág. 97-98 y 416-417.

[6] Kamen, Henry. La España de Carlos II. Editorial Crítica. Barcelona, 1981, pág. 455; y Sánchez Ortega, María Helena. La Inquisición y los gitanos. Taurus. Madrid, 1988, pág. 13.

[7] Juan Lovera, Carmen. "Aportaciones documentales a la historia de los gitanos en Andalucía". En Boletín del Instituto de Estudios Giennenses, nº 102. Jaén, 1980; y "Los gitanos y el Santo Reino". En Boletín del Instituto de Estudios Giennenses, n 55. Jaén, 1968.

[8] López Molina, Manuel. "Corpus Christi y gitanos en el Jaén del siglo XVII". En diario Jaén, Dominical, 18-junio-1995, pág. 39/III.

[9] Novísima Recopilación. Libro XII, título XVI.

[10] Sánchez Ortega, María Helena. Documentación selecta sobre la situación de los Gitanos Españoles en el siglo XVIII. Editorial Nacional. Madrid, 1977, pág. 28-33.

[11] Carmen Juan Lovera detecta en Alcalá la Real que el 2 % de los bautismos corresponden a gitanos (Carmen Juan Lovera. "Aportaciones..., pág. 47).

[12] Sánchez Ortega, María Helena. La Inquisición y los gitanos. Madrid, 1988, pág. 15. Envía a Actas de las Cortes de Castilla, tomo 26, pág. 163.

[13] Kamen, Henry. La España..., pág. 456.

[14] Coronas Tejada, Luis. Jaén, siglo XVII. Biografía de una ciudad en la decadencia de España. Instituto de Estudios Giennenses. Jaén, 1994, pág. 185. Envía a A.M.J. Cab. 6-mayo y 17-junio-1602.

[15] Coronas Tejada, Luis. Jaén..., pág. 185-186. Envía a A.M.J. Cab. 14-enero, 27-junio, 9-julio, 15-septiembre-1608.

[16] Coronas Tejada, Luis. Jaén..., pág. 186. Envía a A.M.J. Cab. 28-junio-1610.

[17] Sánchez Ortega, María Helena. La Inquisición y los gitanos. Madrid, 1988, pág. 21. Envía a Relación verdadera de las crueldades y robos grandes que hazían en Sierra Morena unos Gitanos salteadores, los quales mataron un Religioso y les comieron asado, y una Gitana la cabeça cozida y de la justicia y castigos que destos se hizo en la villa de Madrid, Corte de Su Magestad, a onze de Noviembre, año de 1617 (Lisboa, Biblioteca Nacional).

[18] Sánchez Ortega, María Helena. La Inquisición..., apéndice III.

[19] Díaz de la Guardia, Luis. "Un proceso inquisitorial del siglo XVIII". Códice, nº 12 (1997). Asociación de Amigos del Archivo Histórico Diocesano de Jaén. Jaén, pág. 75-82.

[20] Sánchez Ortega, María Helena. La Inquisición..., pág. 48 y 94. Envía a Borrow, George. Los zincali. Los gitanos en España. Traducción de Manuel Azaña. Turner. Madrid, 1979.

[21] Las pragmáticas hacen mención al problema que supone la agregación al grupo gitano de personas ajenas, como clérigos, vagabundos y otros. Así, en la pragmática de Felipe IV dada en 8 de mayo de 1633 se dice:

 

                "...por quanto éstos que se dicen gitanos no lo son ni por origen ni por naturaleza, sino porque han tomado esta forma de vivir para tan perjudiciales efectos como se experimentan...".

(Sánchez Ortega, María Helena. La Inquisición..., pág. 32. Envía a Novísima Recopilación de las Leyes de España mandada formar por el Señor Carlos IV, lib. XII, tít. XVI, leg. V).

[22] Juan Lovera, Carmen. "Aportaciones..., pág.  48.

[23] Coronas Tejada, Luis. Jaén..., pág. 187. Envía a A.M.J. Cab. 26-mayo-1623; y A.H.D.J. Sec. Criminal, Jaén, año 1668.

[24] Mercado Egea, Martí. La muy ilustre villa de Santisteban del Puerto. Madrid, 1973, pág. 172

[25] Coronas Tejada, Luis. Jaén..., pág. 188-189. Envía a A.M.J. Cab. 26-octubre-1695.

[26] A.M.J. Cab. 2-enero-1786.

[27] A.H.P.J. Leg. 4517. Autos judiciales. Reclamación de Vicente Gallardo, 1783.

[28] B.O.P.J. 30-junio-1846.

[29] B.O.P.J. 21-junio-1848.

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