2.3. Siglo XIX.

 

            Con el terrible término "peste" se tendía a identificar otras enfermedades contagiosas, incluso ya bien entrado el siglo XIX. La Junta Municipal de Sanidad de Jaén, haciendo distinción entre las enfermedades contagiosas y la peste decía:

 

               "cuanto menos contagiosa sea una fiebre maligna, tanto más dicta de la peste... La voz peste es un nombre genérico que no está reducido á calentura, bubón, carbunco, ni otro determinado mal, sino que comprende cualquier enfermedad de la que enferman muchos; mueren en pocos días los más, y se hace espantosa por sus malignos síntomas y extensivo contagio"([1]).

 

            El siglo XIX comienza en la Baja Andalucía con una epidemia, que por sus características la población la incluía en el grupo de las "pestes", y que en un primer momento las autoridades sanitarias no le dieron nombre, luego fue llamada "fiebre amarilla". En la capital giennense, desde que se tuvo conocimiento oficial  del contagio de algunas poblaciones importantes de Cádiz y Sevilla, la Junta de Sanidad estableció en diciembre de 1800 un reglamento con medidas drásticas a adoptar a fin de prevenir el contagio de la ciudad, basadas en el manifiesto de 26 de octubre de ese año que hizo Juan Soler, cónsul y agente del Rey en Turquía, y comisionado por el Gobernador del Consejo en lo concerniente a la policía y precauciones ante la epidemia. Básicamente eran las mismas que se adoptaron en épocas anteriores frente a la peste:

            - El control de las puertas de la ciudad, quedando abiertas sólo las de Martos, Barrera, Alcantarilla, Sol, Ángel, y Santa Ana.

            - En cada una de ellas se establecía una "diputación", compuesta de un eclesiástico y un "seglar de la nobleza, y de otras clases decentes", junto con una guardia formada por tres hombres como mínimo.

            - Todas las puertas se abrirían al toque de campana, excepto la de la Alcantarilla, por donde salían los leñadores a las cuatro de la mañana; y se cerrarían a las nueve de la noche las mayores y las menores media hora más tarde. En las puertas principales y en los portillos se prohibía las comidas y bebidas, excepto "un vaso de agua y una tinaja de chocolate para el sugeto que por necesidad o costumbre le acomode tomarla".

            - La guardia se encargaba de detener a los pasajeros junto con sus bestias y pertenencias, exigiéndoles el pasaporte o carta de sanidad, sin el cual no podían entrar en la ciudad, por muy "distinguidas y autorizadas" que fuesen.

            - Los que viniesen de los pueblos invadidos se les sometía obligatoriamente a una rigurosa cuarentena sin tiempo especificado, así como sus pertenencias o equipajes, en las casas lazaretos destinados por la Junta de Sanidad. Los efectos sospechosos se llevaban a la ermita de San Lázaro, evitándose todo contacto con ellos y "sin omitir jamás la de lavarse con vinagre", por lo que siempre debía de haber suficiente provisión de vinagre en las casas de la "diputación" y en las "guardias".

            - Los que llegaban enfermos eran detenidos hasta ser reconocidos por el médico nombrado a tal efecto. Si la enfermedad era ordinaria y el enfermo era pobre se internaba en el Hospital San Juan de Dios, si no lo era se le dejaba en libertad([2]).

 

            En 1811, la fiebre amarilla comenzó a extenderse de nuevo, esta vez se desarrolló en Cartagena y amenazaba la provincia por su extensión a Murcia. Para evitar la extensión de esta "terrible enfermedad" por Andalucía, en esta época invadida por los franceses, el General en Jefe del Ejército del Mediodía en España ordenó la formación de una Comisión de Sanidad en todas las capitales, a cuya cabeza se hallaba el prefecto o el corregidor, dependientes de la comisión central de Sevilla, que debían adoptar las instrucciones de ella. La comisión de sanidad de Jaén estaría presidida por el prefecto Joaquín de Uriarte y Landa([3]).

            Con la retirada de los franceses de la provincia, el 23-julio-1813 se instaló una nueva Junta de Sanidad con la misión de prevenir a la población del contagio y estuvo en vigor hasta 1821. Esta junta estaba presidida por el corregidor, José Alonso de Villasante y compuesta por el comandante de Armas, el Administrador General de Rentas Reales, el Párroco más antiguo de la ciudad, el médico titular y un secretario. La Junta intentó establecer un cordón sanitario provincial, solicitando al Comandante de Armas acantonamientos de tropa en los lugares limítrofes con Granada, desde la villa de Alcaudete hasta la de Quesada, pues temía que pudiesen penetrar a través de la provincia de Granada personas provenientes de Gibraltar y otros sitios sospechosos. Esta zona se consideraba "infestada de ladrones".

            También la zona limítrofe a la provincia de Córdoba fue objeto de atención por parte de la Junta, por lo que el Comandante de Armas de nuevo fue requerido para proteger con partidas de tropa desde Alcaudete hasta Andújar([4]).

            En 1819, se entabló un debate entre las juntas de Sanidad provincial y municipal de Jaén en torno al ganado de cerda y la prevención frente a una epidemia de fiebre amarilla que afectaba a otros lugares. La Junta Municipal manifestaba la importancia vital que tenía para muchos vecinos "de la plebe" la crianza del cerdo, considerando que era más opuesta a la salud "la falta de mantenimiento que la sobrecarga del aire de algún hálito fetoroso", pues el hambre conducía a la enfermedad, recordando la Junta Municipal el conocido proverbio de: Después de la guerra, hambre; después de la hambre, peste".

            Era evidente que las reclamaciones de muchos vecinos influyeron en esta decisión, así como las observaciones médicas sobre epidemia, por contagio, e infección. Aunque la Junta Municipal consideraba que todo foco de mal olor se debía evitar, así como sacar de la la ciudad los cerdos, era aconsejable permitir a los pobres la permanencia de aquellos dentro del casco urbano, con la consiguiente limpieza de las zahúrdas.

            Esta decisión fue rebatida por Carlos Pérez, médico consultor de la Junta Superior de Sanidad de Jaén. Aunque también consideraba que el ganado de cerda no podía producir directamente la fiebre amarilla, se debían poner en práctica las medidas de higiene pública como forma de precaver la enfermedades, pese a los perjuicios que pudiesen ocasionar la salida de los cerdos de la ciudad a algunos vecinos pobres, que, por otra parte, podían subsanarse([5]).

            No era ésta la única disensión entre ambas juntas. En realidad, existían fuertes tensiones entre sus componentes. Otras veces, el celo en la adopción de medidas ante la epidemia era por parte de la Junta Municipal. Así vemos que la Junta Superior de Sanidad amonestó a la Municipal, entre otras cosas, por al "odioso estremo de adoptar medidas estrepitosas y alarmantes", como la "desconocida y estraordinaria" disposicion de "diputaciones" dobles en las puertas de la ciudad, basándose en un rumor sobre la existencia enfermedades sospechosas en Torredelcampo([6]).

            La epidemia de fiebre amarilla no llegó a Jaén, pero los rumores, los cordones sanitarios, las medidas preventivas y sus consecuencias socioeconómicas hacían mella en la población más necesitada. El miedo a la epidemia y la ansiedad consecuente, ya de por sí, producían un efecto pernicioso sobre la población.



([1]) A.M. J. Leg. 90. Junta Municipal de Sanidad: Reflexiones político=médicas. Oficio dirigido por la____ de esta ciudad a la Superior de la Provincia, con expresión del dictamen de los señores consultor, y demás Profesores que subscriben, é informe pronunciado por D. Cárlos Perez, Facultativo en medicina, y Cirujano Titular del M.N.I. Ayuntamiento de la misma. Imprenta de Manuel María de Doblas. Jaén, 1819, pág. 6 y 10.

([2]) A.M.J. Leg. 90. Junta de Sanidad: Reglamento formado por la____ de esta M. N. y Leg. ciudad de Jaén, á fin de preservarla de la epidemia contagiosa reinante en diversos pueblos de la Baja Andalucía. Imprenta de D. Pedro de Doblas. Jaén, 1800.

([3]) A.M.J. Leg. 90. Comunicación del General en Jefe del Ejército del Mediodía al Prefecto de Jaén, traslada por éste a la Junta de Gobierno Municipal de Jaén. Jaén, 6 de noviembre de 1811.

([4]) A.M.J. Leg. 90. Secretaría de la Junta de Sanidad, 1813-1821; y Cuaderno de Juntas de Sanidad, 1813-1814.

([5]) A.M.J. Leg. 90. Junta Municipal de Sanidad: Reflexiones político=médicas...

([6]) A.M.J. Leg. 90. En documentos de Sanidad, 1819-1820.

 

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