4. El vecino es tu enemigo.

 

En la sociedad del Antiguo Régimen existían unas densas redes de solidaridad familiar, vecinal y social. La condición de vecino, el sentido de la pertenencia a una comunidad local estaba muy arraigado, pero también la estrecha convivencia creaba diferencias que derivaban en violencia. El vecino era muchas veces el enemigo más cercano, la sospecha y el rumor eran agentes del control social y fuente de discordias; se enseñaba a los niños a no ser indiscretos[1], en estos casos sería aplicable la idea de Amando de Miguel centrada en que "la familia es la primera escuela de secreto y desconfianza" [2]. La vida de los núcleos pequeños sobre todo, estaba sujeta a unas estrechas normas y códigos de conducta cuya ruptura provocaba tensiones, a veces de consecuencias violentas. La memoria familiar, mantenía durante largos años el recuerdo de agravios pasados. El sentido de la tolerancia era además muy limitado. Citaremos algunos ejemplos que reflejan bien esta situación. Como los conflictos callejeros ocurridos en 1665 en Bailén ; cuenta un joven como estaba

 

"En la calle del Zerrillo en compañía de otros, se armó disgusto y pendencia y sacamos las espadas y con ellas anduvimos a cuchilladas, y de dicha pendencia, resulté herido de la mano derecha, de que resulté manco, sin que en berdad pueda decir quien me dio las dichas heridas"[3]

 

En 1704 entre la calle del Sochantre y la de Juego de la Pelota se encontró Francisco José Colmenero con Pedro Sánchez, éste último "enterrador y perrero, al que el primero le pidió dos reales de vuelta del precio de un enterramiento, de manera que el sepulturero le agredió con una piedra. [4]

Cartas insultantes, pasquines puestos en los lugares públicos, ristras de cuernos en las puertas de los enemigos, con nocturnidad culpable, el rumor y la calumnia hacían con frecuencia irrespirable el ambiente de, sobre todo, los lugares más pequeños. Nada del beatus ille horaciano.

La citada costumbre de colocar cuernos en las puertas[5], antes mencionada se dio en Huelma, así en 1610 un "hombre forastero" fue acusado de producir escándalos al requerir una mujer casada y colocar un cuerno en el lugar citado, en clara alusión al marido [6].

En 1625 Juan López de Olmedo, de Jaén, otorgaba su perdón a un sastre, Andrés Parra, que le había dicho

 

" siendo como es casado, que era un ynfame consentido y que abía que hacer que le açotaren con una ristra de ajos y otras palabras de injuria"[7].

 

Muchas de estas pendencias tenían origen en problemas derivados de los trabajos del campo y de las labores cotidianas

En 1610, un morisco fue agredido por Francisco Millán por una diferencia sobre el "agua de riego de las güertas del río desta villa" [8]

En 1614, dos vecinos hacen las paces tras una pendencia. El agredido concede su perdón

 

"con condición que en ninguna güertas ni heredad que tubiere de oy en adelante no me a de hazer contradición alguna"[9].

 

En 1615 Juan Ruiz fue herido en las huertas del río de Jaén[10]. Probablemente el caso de Alonso Pérez de Valenzuela se relaciona con diferencias del mismo género: era ganadero de las yeguas de D. Luis de Guzmán, y fue herido en una pendencia en la dehesa de Los Villares. [11].

En 1618 una "quistión y pendencia sobre un rastroxo" se saldó con un herido "con un alabardazo en la barriga que le pasó de parte a parte" [12]

En 1628 un rabadán de ganado era acusado de haber herido en la cabeza a un individuo, residente en Jaén. [13]

En 1630 un labrador se querelló de Francisco de San Martín Villar y Juan Pérez por haberle éstos "herido en la cabeça estando en el cortixo de las Infantas", a los que después perdonó. [14]

En 1637 un oficial del matadero hirió en la cara a un mercader de ganado. [15]

En 1652 un pastor del veinticuatro D. Francisco de Vera, veinticuatro de Jaén, arcabuceó a D. Juan de San Martín en el cortijo de Jubera donde la familia de la víctima tenían "sus sembrados y labor" [16].

El siglo de la Ilustración no implicó ningún comedimiento acerca de las costumbres más tradicionales al respecto:

En 1760 se encontraba huido Juan Astillero, soldado miliciano, acusado de la muerte de un mozo, en el término de Cazalilla "sobre la yntroduzión de ciertos ganados lanares". En 1768 una pendencia fue provocada por un intento de robo en un melonar en la Fuente de la Zarza. [17]. Un criado de Tomás Pérez, "aporreó" al alcaide de Matabegid, cuando el primero cogía leña. [18]. En 1778 encontramos una pelea entre un rabadán y el hijo de un agricultor, por daños en un sembrado [19].

En 1780 el hortelano José Barrales recibió de Juan Pulido "un atestón con la pala de la azada que le venció en el suelo". el agresor, "ruin hombre y revoltoso", había discutido con Barrales por el agua de riego. [20]

En 1794 se trató en el Cabildo Municipal de Jaén sobre los daños producidos por los ganados y de las heridas ocasionadas a D. Juan Antonio Salido, por unos pastores en la Torre de María Martín. [21]

En ocasiones se producían en los núcleos urbanos incidentes, producidos siempre por la misma persona, como ocurre con Lázaro Múñoz de Illescas, en la Huelma del primer tercio del siglo XVII, o protagonizadas por grupos familiares, que aveces daban lugar a muertes violentas. El trasfondo de estos conflictos era probablemente de signo social y, como veremos en el apartado corespondiente, de origen institucional.

En 1663 se produjeron en Baños de la Encina unos sucesos de marcado carácter violento. Fue asesinado Francisco Pérez Rodríguez, arcabuceado por un grupo de vecinos, entre los que se encontraban Pedro Navarro El Mayor, Pedro Navarro El Joven, Andrés Delgado de Medina y Antonio de Medina Navarro, unidos por evidentes lazos de parentesco. Años despues, en 1674, Pedro Navarro, no sabemos cual de los dos, murió violentamente junto con "otros consortes". La situación debió de revestir una gran gravedad, pues la Corona envió, desde la Real Chancillería de Granada, un oidor y alcalde de Casa y Corte, para realizar la correspondiente pesquisa, y se dictaron diferentes penas de galeras, presidio y muerte. El envío de jueces pesquisidores era una medida muy temida en los pueblos, por los gastos que ocasionaban para éstos y los problemas que se derivaban de sus investigaciones para los vecinos[22]. En lo referido a la severidad de las penas, es evidente en el caso de Andrés del Mármol, huido en ese momento, condenado a

 

"pena de muerte, horca, arrastrado con bestias yndomables y en perdimento de la mitad de sus bienes".

 

En total hubo, al menos, once encausados. [23]. En 1681 otro miembro de los Mármol estaba implicado en unos arcabuzazos que costaron la vida a un vecino. [24]

Es de imaginar la conmoción que estos hechos producirían en una villa o en una aldea de reducidas dimensiones. El miedo, los pactos de silencio, los rencores almacenados durante años, durante generaciones incluso.

Los problemas originados de la vecindad, de la proximidad del que puede ser peligroso o enemigo, se manifiestan en muchas escrituras de perdón, otorgadas por la parte ofendida, en la que éstas se conceden a cambio de dinero o de ciertas condiciones como no atravesarse con la víctima "de obra ni palabra" y no poder pasar por la calle donde esta viviere en determinados plazos que podían ser muy largos. [25]



[1] Castan, Y. "Política y vida privada" en Historia de la vida privada. Del Renacimiento a la Ilustración. Madrid, 1989, pág. 61.

[2] Miguel, A. de.  España oculta: economía sumergida. Madrid, 1988, pág. 42.

[3] A. H. P. J. Leg. 5975. fol. 165. 1665.

[4] A. H. P. J. Leg. 1858. Fol. 244. 1704.

[5] Este hábito es mencionado en Lorenzo Cadarso, Pedro L. Los conflictos populares en Castilla (siglos XVI-XVII) Madrid, 1996, pág. 135.

[6] Aponte Marín, A, "Violencia y perdón en Huelma en el primer tercio del siglo XVII" en Sumuntán. Núm. 8., pág. 307.

[7] A. H. P. J. Leg. 1303. Fol. 436. 1625.

[8] Los sucesos se produjeron en Huelma. A. H. P. J. Leg. 6671. Fol. 421 (V). 1610.

[9] A. H. P. J. Leg. 1226. Fol. 584 (v). 1614.

[10] A. H. P. J. Leg. 1227. Fol. 205. 1615.

[11] A. H. P. J. Leg. 1900. Fol. 429. 1720.

[12] A. H. P. J. Leg. 6681. Fol. 1096. 1620.

[13] A. H. P. J. Leg. 1401. Fol. 67. 1628. fue perdonado a cambio de 520 reales.

[14] A. H. P. J. Escribano Blanca de la Cueva. 1630-1631. Fol. 558.

[15] A. H. P. J. Leg. 1408. Fol. 434. 1637.

[16] A. H. P. J. Leg. 1524. Fol. 650. 1652.

[17] A. H. P. J. Leg. 2. 146. Fol. 134. 1768.

[18] A. H. P. J. Leg. 2. 160. Fol. 224. 1775.

[19] A. H. P. J. Leg. 2161. Fol. 44. 1778,

[20] A. H. P. J. Leg. 2. 212. Fol. 1. 1780.

[21] A. M. J. Act. 1794. Cab. 1-1=.

[22] Lorenzo Cadarso. Op. Cit., pág. 69.

[23] A. H. P. J. Leg. 6176. S. N. 16-7-1663. Leg. 6178. Fol . 209 1673. y 278, 280, 282, 286. 1674.

[24] A. H. P. J. Leg. 6179. Fol. 260. 1681.

[25] A. H. P. J. Leg. 1338. Fol. 11. 1623.

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